Dentro de nuestra política de Sostenibilidad, enmarcada en el Propósito Superior: “Aportar a través de la minería moderna, con vocación social y ambiental, al desarrollo económico del país”, somos conscientes de nuestro papel como aliados del territorio, del compromiso social y ambiental y de la maximización de beneficios.
Por ello, desde la Compañía estamos promoviendo la vinculación y contratación de mano de obra local, calificada y no calificada, a las actividades de exploración y operación minera. Trabajo que se desarrolla tanto con nuestros empleados directos como con el personal contratista.
En este sentido y, con el fin de dar prioridad a la mano de obra local, cada empresa contratista debe seguir los siguientes pasos:
- Publicación en el Sistema de Servicio Público de Empleo (https://www.serviciodeempleo.gov.co), de las ofertas laborales con los requisitos y perfil para el cargo que se requiera, actividad que se realiza por medio de los prestadores autorizados por el Ministerio de Trabajo como COMFAMA, COMFENALCO ANTIOQUIA, SENA, que cuentan con cobertura en los municipios donde desarrollamos nuestras actividades mineras (Buriticá, Giraldo, Cañasgordas, Santa Fe de Antioquia). El listado de los prestadores tanto públicos como privados (Agencias y bolsas de empleo) se pueden verificar en el siguiente link
- Desde el año 2013 existe una normatividad que regula el registro de ofertas laborales en Colombia y es la Ley 1636 de 2013, por medio de la cual, se crea el mecanismo de Protección al Cesante en Colombia, donde se establece la obligatoriedad de publicar las vacantes, tal como lo expresa el siguiente aparte: “…Artículo 31. Del carácter obligatorio del registro de vacantes en el Servicio Público de Empleo. “Todos los empleadores están obligados a reportar sus vacantes al Servicio Público de Empleo de acuerdo con la reglamentación que para la materia expida el Gobierno”.
- *Parágrafo. El Gobierno Nacional reglamentará las sanciones para los empleadores que no reporten sus vacantes al Servicio Público de Empleo.
Una vez publicadas las ofertas en las agencias y operadores del Servicio Público de Empleo autorizados por la legislación colombiana, todas las empresas deben hacer la divulgación de estas ofertas con el área de Gestión Social de Zijin-Continental Gold, con el fin de que se publiquen en las en las veredas, corregimientos y municipios de influencia de la Mina Buriticá. De esta forma, el personal local conocerá de primera instancia las vacantes y se procurará por priorización en la contratación de personal a los habitantes en las siguientes poblaciones:
- Vereda Higabra, Los Asientos, Mogotes, Murrapal, Alto del Obispo, Corregimientos El Naranjo, Angelina y en la zona urbana del municipio de Buriticá.
- Áreas donde se programe la ejecución de las actividades del contrato celebrado entre Zijin-Continental Gold y la empresa contratista.
- Municipios del área de influencia (Giraldo, Cañasgordas, Santa Fe de Antioquia)
- Departamento de Antioquia.
- Colombia.
- Otros países.
- Este ejercicio se debe replicar cada vez que haya una oferta laboral nueva.
Posterior a la divulgación, se solicita a las empresas contratistas priorizar en sus procesos de selección al personal local que cumplió con los requisitos y perfil para la vacante laboral.
Mensualmente cada empresa debe reportar al área de Sostenibilidad y a Recursos Humanos el personal contratado, especificando su procedencia. Estos reportes son el insumo para conocer el impacto que se está generando en los indicadores de empleabilidad del territorio con relación a las empresas contratistas que hacen presencia en la Mina Buriticá.
Invitamos a todas las empresas contratistas a continuar generando impactos positivos en los municipios por medio de la vinculación de personal local de mano de obra no calificada y calificada.